El caso Duran Duran

“El Negocio de la música está en los derechos” me repetí una y otra vez cuando comenzaba en la parte de los derechos tanto de autor como conexos. En este caso hablaré de una banda que fue bastante conocida y abrío digamos un nuevo genero y buenos videoclips dentro de la música: Duran Duran.

Cuando uno conoce estos casos se vuelve a repetir “El Negocio de la música está en los derechos” (a largo plazo pero está).

El gran Paul McCartney hace unos pocos años consiguó recuperar lo que había perdido (los derechos de The Beatles que compró Michael Jackson).

El caso Duran Duran:

El Tribunal Supremo de Reino Unido rechazó la petición de reversión de derechos del grupo británico Duran Duran, en su intento por recuperar los derechos de sus canciones dentro del territorio americano, en base al derecho de reversión de la ley estadounidense (establecido en el capítulo tercero del título décimo séptimo de la Copyright Act de 1976), el cual permite a los autores recup​erar la titularidad de los derechos de explotación a los 35 años de realizar la publicación de la obra. Esta provisión entró en vigor en 1978 con efecto retroactivo, y solo recientemente se ha comenzado a ejecutar al verse cumplidos los plazos establecidos, por lo que todas las implicaciones del sistema de reversión de derechos están siendo puestas a prueba en este momento.

Duran Duran (los autores) pertenecen a territorio de Reino Unido pero su música genera derechos a nivel mundial siendo USA uno de sus grandes territorios por eso intentaron recuperar los derechos allí según la ley.

El origen del pleito, se encuentra en la demanda interpuesta ante la editorial titular de las canciones en conflicto (las pertenecientes a los tres primeros discos de la banda y el tema de las películas de Bond, A View To A Kill”), Gloucester Place Music, compañía subsidiaria en su momento de EMI Music Publishing y actualmente en manos de Sony/ATV. Ante dicha reclamación, la compañía argumentó que el citado contrato de cesión se regía por la ley británica vigente, no existiendo posibilidad de reclamar la reversión de los derechos conforme a la ley estadounidense.

El Tribunal Supremo británico, decidió alinearse con la posición defendida por la editorial, señalando que del texto del acuerdo “una persona razonable” sacaría de conclusión que en base al mismo, se cedían la totalidad de derechos sobre las canciones y sobre el periodo máximo, lo que quiere decir que el derecho de reversión de Estados Unidos, que ya existía en el momento en el que el contrato de edición se llevó a cabo, no se aplicaría en caso de pasar los 35 años, estando regido dicho contrato por ley británica.

Estamos impactados con que el derecho contractual Inglés se utilice para revocar los derechos de los artistas en otros territorios… Hoy, se nos dice que el lenguaje utilizado en el acuerdo permite a nuestro editores Sony / ATV, anular nuestros legítimos derechos bajo la ley estadounidense”.

Los autores de las canciones del conflicto de Duran Duran

Tal vez tengan razón porque al final viven de su catálogo musical pero siempre hay que atenerse a las leyes de cada territorio.

Ivan Aranega

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