Como ya explique en el apartado ¿Qué es una Editorial Musical? y la importancia de el mismo para tú música sobre todo si eres compositor y muchas veces habrás escuchado ¿Por qué el compositor gana más dinero? ¡La edición musical! y tener un buen editor claro está.

Si eres compositor, puedes ganar dinero con tus canciones… si tienes un contrato con una editorial musical.

Si eres de los que piensas que “puedes hacerlo todo” y encima pensar que vas a sobrevivir en este negocio el papel de los editores musicales pueden ayudar a abrir oportunidades lucrativas para tus canciones y hacer tu vida mucho más facil.

¿Pero cómo son los diferentes tipos de contratos de edición? ¿Y cuáles son los pros y contras de cada uno?:

El momento en que nace una canción en la que has estado trabajando durante semanas o meses está finalmente acabada, tú posees el “Derecho de Autor” y el 100% de tus derechos editoriales. Este 100% se divide en dos partes importantes: la parte del editor (50%) y la de del autor (50%). A menos que sea “Encargo de obra” el cual se paga por realizar un trabajo por así decirlo, nunca perderás la propiedad de tu parte como autor.

Una vez que ya de alguna manera te unes a un Editor Musical, siendo estos tres contratos lo más usuales:

1.- Contrato de administración (Autor-Editor):

En un contrato de administración, el compositor conserva el 100% de la propiedad de los derechos de autor y cede solo un 5-20% de la parte del editor durante un plazo normalmente de 1 a 3 años. Los acuerdos de administración no suelen incluir servicios creativos y se centran solo en registro de la propiedad de tus canciones en sociedades de recaudación de derechos en todo el mundo, además de recolectar las regalías en tu nombre. Así es importante tener claro que se firma con el editor en este caso, marcando bien claro lo que se pretende.

2.- Contratos de co-edición (Más usual entre Autor-Editor):

Un contrato de co-edición es el tipo de acuerdo más común hoy día para los compositores importantes. Como autor, normalmente cedes hasta el 50% máximo de la parte de la editorial al editor con el que firmas el acuerdo. Al hacer esto, conservas el 100% de la parte de derechos de autor y el 50% de los de edición, lo que hace el 75% por cien el total de tus regalías editoriales. En este acuerdo, dado que el editor obtiene una propiedad parcial de las obras, está mucho más incentivado para explotar las canciones y generar regalías. Las maneras en que tus canciones pueden explotarse es predominantemente a través de sincronizaciones en televisión y películas por ejemplo, además de que sean grabadas y publicadas por artistas importantes: este es el tipo de cosas que los equipos creativos de cualquier reputada editora musical harán activamente para ti a diario. Muchas compañías de edición musical te ofrecerán generosos incentivos para persuadirte de que firmes con ellos. Recuerda, de todas formas, que estos incentives necesitarán ser recuperados en su totalidad una vez tus canciones empiecen a generar ingresos, tienes que tener en cuenta los llamados “adelantos” los cuales hoy en día suelen ser “trampa” a que son ADELANTOS no a fondo perdido, con lo cual el editor va a recuperar de una manera u otra.

3.- Work For Hire (Trabajar para otros) o Encargo de Obra:

En un tipo de contrato de trabajo por cuenta ajena, por una cantidad fijada tú cedes todos los derechos de propiedad y administración de tus obras durante la vigencia del copyright. Estos acuerdos son más frecuentes en películas y publicidad, cuando el estudio cinematográfico o la empresa de producción desea poseer y controlar todos los aspectos de la producción, este tipo de contratos suelen ser “exclusividad” con lo cual no podrías de alguna manera trabajar para otros, hoy en día las editorial han cambiado mucho ese tipo de rumbos debido a los constantes cambios de la industria.