En estos tiempos donde en Internet uno puede encontrar “casi” todo seguramente has escuchado “Esa canción es Dominio Público” que tal vez entiendas de forma coloquial como ya es de todo el mundo, o todo el mundo puede disponer, pero que es realmente.
La música de dominio público la forman todas y cada una de las obras que no están protegidas por los derechos de autor. Se entiende que ya han superado la vida del autor o autores, que marca la Ley de Propiedad Intelectual que está por ejemplo en España 70 años, en algunos países 80 y 100 por ejemplo en México.
Pasado ese tiempo, la obra musical deja de tener derechos de autor, es decir, deja de estar protegida por la ley para pasar a ser una obra musical de dominio público.
La música de dominio público no establece ninguna limitación a la hora de utilizar una pista musical.
Por lo tanto pueden ser usadas sin la necesidad de ningún permiso ni de pagar al autor de las mismas.
Las obras musicales que se encuentren bajo el dominio público podrán ser copiadas, distribuidas, adaptadas, interpretadas y exhibidas en público de forma gratuita.
En otras palabras, es como si perteneciesen a todo el mundo.
Normalmente, los autores de las canciones tienen los derechos exclusivos sobre sus composiciones.
Estas composiciones son consideradas “propiedad intelectual”.
La propiedad intelectual es cualquier producto propio de la inteligencia humana cuya propiedad puede ser reclamada y protegida por la ley, incluidas las obras musicales.
Cualquier canción que pertenezca al «Dominio Público» puede ser por una de estas dos causas:
Existe un caso peculiar que suele ser muy confundido con el dominio público. Se trata de las canciones registradas en las que su autor renuncia voluntariamente a todos los derechos de autor de la misma.
Si te paras a pensarlo, podrías utilizar esas canciones de la misma forma que las de dominio público.
Sin embargo, esta canción se encuentra bajo las licencias Creative Commons.
Debes tener en cuenta que aunque pueda parecer lo mismo NO lo es, ya que como decía anteriormente debe haber extinguido la Ley de Propiedad Intelectual para que sea Domino Público, con Creative Commons NO tiene ningún periodo de extinción.